viernes, 11 de mayo de 2007

Los Consejos Comunales

¿Que son los Consejos Comunales?
El consejo comunal es la forma de organización más avanzada que pueden darse los vecinos de una determinada comunidad para asumir el ejercicio real del poder popular, es decir, para poner en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad.
¿Qué se busca con los Consejos Comunales?
Se buscan los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género (artículo 3). Pero de igual forma según Morandy (2006) podemos decir que buscan ser, “…la expresión (legal y legítima) de un Proceso Constituyente que contribuirá a definir una estructura social donde un nuevo Poder Popular se convierte en el instrumento que garantiza la profundización del Proceso de Cambios y Transformación Social”.
¿Cómo se le da inicio a los consejos comunales?
Según el mismo Morandy la constitución de los Consejos Comunales comienza con la elección, en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, de la Comisión Promotora que se convierte en la instancia encargada de convocar, organizar y conducir la Asamblea Constituyente Comunitaria donde se elegirán los voceros y voceras del Órgano Ejecutivo, la Unidad de Gestión Financiera y la Unidad de Contraloría Social desarrollando un ejerció democrático con carácter protagónico en el marco de la participación colectiva.
Además indica que con la promulgación de la Ley Especial de los Consejos Comunales se creó la Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular designada por el Presidente de la República. Para los efectos funcionales se designará una Comisión Regional Presidencial del Poder Popular y una Comisión Local Presidencial del Poder Popular. Son estas instancias del Poder Público las encargadas de ejercer la coordinación, orientación y evaluación de los Consejos Comunales.
¿Cuáles son los órganos que conforman los consejos comunales? (Artículo 7)
1. El órgano ejecutivo, integrado por los voceros y voceras de cada comité de trabajo.
Éste puede estar conformado (artículo 9) a su vez de:
1. Comité de Salud.
2. Comité de Educación.
3. Comité de Tierra Urbana o Rural.
4. Comité de Vivienda y Hábitat.
5. Comité de Protección e Igualdad Social.
6. Comité de Economía Popular.
7. Comité de Cultura.
8. Comité de Seguridad Integral.
9. Comité de Medios de Comunicación e Información.
10. Comité de Recreación y Deportes.
11. Comité de Alimentación.
12. Mesa Técnica de Agua.
13. Mesa Técnica de Energía y Gas.
14. Comité de Servicios.
15. Cualquier otro que considere la comunidad de acuerdo a sus necesidades.
2. La Unidad de Gestión Financiera como órgano económico- financiero.
La unidad de gestión financiera se denominará Banco Comunal y adquirirá la figura jurídica de cooperativa y se regirá por la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, la Ley de Creación, Estímulo, Promoción y Desarrollo del Sistema Microfinanciero y otras leyes aplicables, así como por la presente Ley y su Reglamento. Los Bancos Comunales quedarán exceptuados de la regulación de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras. (Artículo 10)
3. La Unidad de Contraloría Social como órgano de control.
Realiza la contraloría social y la fiscalización, control y supervisión del manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el consejo comunal, así como sobre los programas y proyectos de inversión publica presupuestados y ejecutados por el gobierno nacional, regional o municipal. (Artículo 11)
¿En qué consiste el Censo Demográfico?
Es una forma o medio de levantar o tener un marco referencial de la situación de la comunidad, en otras palabras, a través de esta metodología se podrá identificar los problemas esenciales que afectan a la comunidad, con la cooperación y colaboración de los propios miembros de la comunidad.
¿Quiénes deben hacer el censo demográfico?
El equipo promotor provisional de los Consejos Comunales, será el responsable de promover, dirigir y coordinar los esfuerzos necesarios para hacer el censo demográfico de la comunidad que corresponda.
¿Cómo hacer un censo demográfico?
Para hacer un censo demográfico se requiere:- Identificar a través de la observación del equipo promotor provisional los posibles problemas que detectan en la comunidad, según las áreas: densidad poblacional servicios públicos, ambiente, seguridad ciudadana, etc.- Elaborar con el equipo promotor provisional un listado de los cinco (5) principales problemas que el equipo considera afectan a la comunidad y establece un orden de prioridad para identificar cuál sería el más urgente a resolver, o si lo prefiere el equipo, identificar cuál es el que más impacta a la comunidad.- Elaborar un cuestionario, o una encuesta para que puedan interrogar a varias personas de la comunidad y así validar la percepción del equipo promotor sobre la realidad de la comunidad.- Luego de elaborado el cuestionario, deben establecer la metodología de cómo aplicarlo, recordando que debe ser lo más simple y sencillo. Hay muchas personas que tienen experiencia en la materia y pueden colaborar.- Identificado y validado el diagnóstico con un grupo de la propia comunidad, convoca a una Asamblea de Ciudadanos para presentar los resultados, el croquis y el censo levantado.
Esta metodología es una sugerencia dada por la Alcaldía de Baruta.
¿Para qué sirve el censo demográfico?
Es útil como herramienta para identificar los problemas que se pueden abordar a través de proyectos sociales o comunitarios, pero además, es esencial, como medio de integración o de encuentro entre la comunidad y el equipo promotor provisional.
En mi comunidad el censo empezó a realizarce el 28 de enero, aún no pasan por mi casa… recuerden que es solo para preguntarles cuáles son los problemas que aquejan a su comunidad, no quieren saber cómo viven, traten con respeto al que esté haciendo el trabajo, son ciudadanos que también forman parte de su comunidad y aunque puede que piensen distinto a usted, haga un ejercicio de tolerancia.
Ya les estaré explicando qué es un Consejo Comunal, las leyes que lo rigen y cómo debemos organizarnos.
CONSEJOS COMUNALES DE GOBIERNO
Los Consejos Comunales son una herramienta de gobierno, intrínsecamente unida al estilo de administración de la cosa pública por parte del presidente Uribe.
Son una metodología de trabajo característica del Estado Comunitario cuya aplicación comenzó en su gobernación del departamento de Antioquia. Durante 3 años se realizaron todos los sábados y domingos.
En la campaña a la presidencia, con el fin de elaborar el Manifiesto Democrático, se realizaron 30 Talleres Democráticos con características muy similares a los Consejos.
Están incluidos dentro del plan de desarrollo.
Promueven la credibilidad del pueblo en sus instituciones; recuperan la credibilidad popular en la democracia.
Fortalecenla coordinación e integración de los gobiernos nacional, departamental y local. Son un escenario para articular las políticas públicas nacionales con las regionales.
En los Consejos hay un permanente y sincero diálogo entre funcionarios y comunidad para conocer necesidades comunitarias, limitaciones presupuestales y para buscar alternativas de solución a los diferentes problemas. Los consejos no son para hacer promesas, son para tratar de plantear soluciones entre todos. Para definir acciones y remover obstáculos con creatividad. Son para liderar, acompañar, apoyar y cooperar en la gestión regional.
¿Cuáles son los Objetivos de los Consejos Comunales de Gobierno?
Los Consejos Comunales de Gobierno son un mecanismo de participación ciudadana de vital importancia dentro del contexto del Estado Comunitario, constituyéndose en una forma de liderar, acompañar, apoyar y cooperar con la gestión regional y local, garantizando que los recursos lleguen a la comunidad con eficiencia y transparencia y permitiéndole a ésta participar en la ejecución de las tareas estatales. Igualmente constituyen un mecanismo de vigilancia ciudadana de la gestión pública.
¿Quiénes participan en los Consejos Comunales de Gobierno?
Pensando en que la participación de la comunidad es esencial para el desarrollo de los Consejos Comunales, es importante que participen TODOS los sectores de la región: gremios, sector privado, lideres comunitarios, sector agrario, pequeños productores, campesinos, maestros, representantes de las Cajas de Compensación, microempresarios, rectores de universidades, sindicalistas, Organizaciones no gubernamentales, veedurías ciudadanas, indígenas, negritudes, banco de la mujer, ganaderos, madres comunitarias, entre otros.
¿Qué tipos de Consejos Comunales de Gobierno se han establecido?

Adicionalmente la PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA realiza los Consejos Comunales de Seguimiento, en donde se retorna al Departamento y se evalúa el avance logrado en cada una de las tareas y compromisos adquiridos en el primer Consejo Comunal. Adicionalmente en los Consejos Comunales de Seguimiento se especifican nuevas tareas y compromisos para ser cumplidos. De ahí la importancia de la participación de toda la comunidad, como veedora de las obligaciones adquiridas por el Gobierno Nacional, Departamental o Municipal.
Incluyen a estudiantes en consejos comunales
Se están definiendo los mecanismos para incluir a los estudiantes universitarios en las políticas del ministerio a fin de que comiencen a participar directamente en la conclusión y en el ejercicio de las políticas revolucionarias o sociales del Estado, incluso aplicando la Ley del Ejercicio Comunitario".

Opinión de la Autora
Según Gotera, Joselbis “Me parece muy interesante el tema de los consejos comunales, yo también estoy de acuerdo con que hay que tomar parte de los espacios de participación ciudadana, antes de dejar que otros los politicen”.
“Estoy actualmente tratando de conformar junto a unos vecinos el Consejo Comunal de mi sector. Es un poco difícil convencer a la gente de oposición de no ceder espacios y entrar a formar parte de los Consejos Comunales”.
Muchas personas debaten la idea de la intención de la Ley de los Consejos Comunales, algunos lo consideran un excelente instrumento de participación ciudadana en la toma de dediciones, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, otros por su parte piensan que tiene como primera intención distraer a los venezolanos de los grandes temas nacionales que nos invaden.
Es importante saber diferenciar entre un censo de patrón electoral y un censo de población que contiene información porcentual de características socioeconómicas por tanto el primero es de carácter nominal con nombre y apellido y el segundo es anónimo porque la ley de la función publica estadística en su Art. 19 y 20 establece el secreto estadístico por tanto los datos socioeconómicos deben ser tomados en un censo distinto al del patrón electoral para la elección del consejo comunal.
Es además, la instancia básica de planificación, donde el pueblo formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas. Así, incorpora a las diferentes expresiones organizadas de los movimientos populares.El consejo comunal también es la base sobre la cual se construye la democracia participativa y protagónica que plantea la Constitución Bolivariana.